Programa de Asistencia Nutricional y Tarjeta de familia

El Gobierno de Puerto Rico brinda asistencia económica a su población mediante la implementación de diversos programas destinados especialmente a aquellas familias que sean de escasos recursos.

Uno de los ámbitos más importantes a los cuales asistir es la alimentación, por lo cual colocan en marcha el programa conocido como Tarjeta de la Familia o Tarjeta PAN para garantizar un sustento nutricional a través del aporte de cierta cantidad de dinero que variara en base a las realidades de cada familia.

¿Qué es el Programa de Asistencia Nutricional (PAN)?

El Programa de Asistencia Nutricional les permite a sus beneficiarios efectuar la compra de alimentos a través de una tarjeta conocida como la Tarjeta de la Familia. Ahora bien, a dicha tarjeta se le es depositado el monto correspondiente al programa, el cual puede variar en relación a las condiciones de la familia al momento de efectuar su solicitud.

En base a lo anterior, debemos resaltar que para poder obtener la Tarjeta de la Familia es imprescindible aplicar para el Programa de Asistencia Nutricional y al aprobar su ingreso, se podrá adquirir dicha tarjeta.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Programa de Asistencia Nutricional (PAN)?

Como bien detallamos en líneas anteriores, para obtener la Tarjeta de la Familia es sumamente necesario contar con la aprobación de ingreso para el Programa de Asistencia Nutricional. Para ello, se deberá hacer entrega de una serie de recaudos los cuales mencionaremos a continuación:

  1. Documento Nacional de Identidad (DNI).
  2. Tarjeta del Seguro Social.
  3. Acta de nacimiento.
  4. Documentación que acredite la residencia.
  5. Talonario.
  6. Constancia estudiantil, de ser el caso.
  7. Registro para empleo.
  8. Documentos que certifiquen los ingresos económicos.
  9. Documentos que certifiquen los ingresos y egresos del grupo familiar.
  10. Constancia de discapacidad, de presentarse el caso.

Los miembros del grupo familiar deben contar con cada uno de los recaudos señalados, al igual de otros en cuestión que sean solicitados por la entidad correspondiente.

¿Qué es la Tarjeta de la Familia?

La tarjeta de la Familia es el medio por el cual puede ser retirado el beneficio otorgado por el Programa de Asistencia Nutricional. Esta tarjeta es un plástico con gran similitud a una tarjeta de débito, la cual esta destinada especialmente para cubrir las necesidades alimentarias de sus beneficiarios, así como también la obtención de medicinas y bebidas no alcohólicas. Este medio también es conocido por muchos como Electronic Benefit Transfer Card (EBT).

Es importante resaltar que la cantidad de dinero a recibir de manera mensual a través de este instrumento varía según cada familia, puesto que se toma en cuenta los ingresos y los egresos, además de la cantidad de personas que integran el grupo familiar y sus edades.

¿Cuándo es otorgada la Tarjeta de la Familia?

La Tarjeta de la Familia es asignada automáticamente al aplicar al Programa de Asistencia Nutricional y resultar aprobada su solicitud como beneficiario.

El ingreso a dicho programa se puede efectuar de dos formas particulares, la primera de manera virtual al acceder a su plataforma digital clicando en el siguiente enlace https://www.solicitudpan.com/ o vía telefónica al marcar al 787 991- 0101, 787-289-1199 o 3-1-1.

Al realizar la pre cualificación al programa haciendo entrega de todos los recaudos solicitados, la entidad correspondiente se encargará de evaluar minuciosamente cada uno de los casos para brindar asistencia a aquellos que se encuentren en mayor grado de vulnerabilidad.

¿Qué hacer en caso de ser víctima de discriminación?

En caso de violentarse el derecho de no sufrir ninguna clase de discriminación durante la gestión de ingreso al programa, la persona afectada podrá realizar un reclamo directamente en el Departamento de la Familia señalando su nombre y dirección, agencia en la cual se presentó el incidente, exposición de los hechos y la identificación de testigos.

Para efectuar esta queja, se cuenta con un periodo máximo de 180 días luego de haber suscitado la problemática.

Asimismo, la queja también debe ejecutarse a través del correo postal a la dirección PO BOX 8000, San Juan Puerto Rico 00910-8000 y después asentarla acudiendo al Departamento de la Familia.

Otro medio facilitado para exponer esta clase de problemas es vía telefónica marcando a los siguientes números: 787-289-7632, 1-800-981-8056 y 1800-981-5822.

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