Leyes de Fotos Sin Consentimiento en Puerto Rico

Leyes que Regulan la Toma de Fotos Sin Consentimiento en Puerto Rico (Junio 2025)

A continuación, un mapa conceptual interactivo que resume las leyes aplicables en Puerto Rico sobre la toma de fotos sin consentimiento.

Toma de Fotos Sin Consentimiento en Puerto Rico

¿Hay una ley única que lo prohíba?

NO

No existe una ley única, pero varias normas aplican según la situación.

Constitución de Puerto Rico

**Art. II, Sección 8**: Derecho a la Privacidad. Protección contra ataques a honor, reputación y vida privada.

Código Penal

**Título 33, § 4807**: Grabación ilegal de imágenes. Delito grave de 4to grado si es en secreto, en lugares privados y sin justificación.

Ley contra el Ciberacoso

**Normas ampliadas**: Captura o difusión de imágenes sin consentimiento con fines de hostigamiento o daño a la víctima.

Ley contra el «Revenge Porn»

**Ley Núm. 21-2021 (Desde Ago. 2021)**: Distribución o publicación de material íntimo sin consentimiento. Delito con sanciones penales.

Derechos de Imagen y Uso Comercial

**Ámbito Civil**: Uso no autorizado de la imagen con fines comerciales. Posibles reclamaciones civiles.

Resumen de la Normativa Aplicable por Contexto

Contexto de la Foto:

  • **Foto secreta en lugar privado**: Código Penal § 4807
  • **Distribución de fotos íntimas**: Ley Núm. 21-2021
  • **Difusión con fines de burla o daño**: Leyes de Ciberacoso

Contexto de la Foto (cont.):

  • **Uso comercial de la imagen**: Derecho Civil
  • **Fotografías en espacios públicos**: Normalmente permitidas, salvo expectativa razonable de privacidad (hogar, baño).

Conclusión

No hay una ley que prohíba absolutamente tomar fotos sin consentimiento en todas las situaciones, pero diversas leyes protegen la privacidad y sancionan ciertos usos.

¡Importante! Recomendación: Consultar con un abogado licenciado en Puerto Rico o autoridades locales para información precisa y actualizada.

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